Publicado originalmente en revista Ideales Franciscanos
Continuamente a los franciscanos seglares nos preguntan e incluso entre nosotros nos cuestionamos que es jurídicamente la Orden Franciscana Seglar (OFS), puesto que muchas veces en la vida de nuestras parroquias o diócesis no se sabe si nos deben meter en el costal de las ordenes religiosas o en los movimientos laicales, ya que somos plenamente una Orden, pero los miembros no somos religiosos. Es una duda un tanto complicada de responder, ya que para el Código de Derecho Canónico (CIC) se nos clasifica dentro de las “Ordenes terceras” (c. 303) pero incluso asi no termina por ser muy claro el estatus jurídico de la OFS, dado que en todo el CIC solo nos menciona en ese canon.
En el canon 701 del CIC de 1917, se decía que “Los Terciarios seculares son aquellos que, viviendo en el mundo, bajo la dirección de alguna Orden, y conforme al espíritu de la misma, se esfuerzan por adquirir la perfección cristiana de una manera acomodada a la vida en el mundo […]”. Pero posteriormente ya en el CIC de 1983 (vigente) se hace una separación del concepto de dependencia/dirección de alguna otra Orden, con lo cual podemos decir que la OFS es totalmente autónoma de la Orden de Frailes Menores (OFM) y ahora la relación que existe entre ambas es de acompañamiento/asesoría espiritual, dejando atrás la idea de que no podíamos hacer nada a menos que nos lo diga el fraile responsable. Compartimos con la OFM el carisma y somos parte de la misma familia, pero no hay ya una superioridad jerárquica.
El CIC de 1983 en el canon 303 dice que “Se llaman Ordenes Terceras, o con nombre parecido, aquellas asociaciones cuyos miembros, viviendo en el mundo y participando del espíritu de un Instituto Religioso, se dedican al apostolado y buscan la perfección cristiana bajo la alta dirección de ese Instituto”. Porque justamente la OFS es una ORDEN, así con todas sus letras. Aunque es necesario decir que, aunque es una Orden religiosa no es una Orden de religiosos, en primera porque si bien hacemos vida fraterna, no es una vida en común como lo hacen los religiosos, ello por nuestra naturaleza de ser seglares que nos hace seguir insertos en el mundo (pero sin pertenecer a él). Además, lo que prometemos en el rito de profesión es vivir el Evangelio según la Regla, pero no decimos explícitamente y de manera pública que hacemos votos de pobreza, obediencia y castidad, aunque si adoptamos estas promesas evangélicas como el camino para vivir el Evangelio.
La OFS no es un grupo parroquial, ni cofradía, ni una “casi Orden” o “especie de Orden”, somos una Orden en toda regla, e incluso hoy en día la Orden, aunque entra en la figura jurídica de “Orden Tercera”, se busca evitar el termino de “terciarios”, ya que muchas veces se cree que la familia está dividida en tres niveles, siendo los seglares los últimos en el esquema, cuando en realidad la OFM, OSC (Orden de Santa Clara) y la OFS se les debe tratar con la misma dignidad en cuanto a responsables de seguir el carisma franciscano.
Entonces, cuando nos pregunten que es la OFS ya podemos responder que somos una “Orden Tercera” o que somos una Orden religiosa pero no de religiosos. Pero más allá de poder darnos una figura jurídica, es necesario que asumamos que somos una Orden y nosotros mismos nos quitemos la idea que somos solo un movimiento o una mera devoción, esto implica un mayor compromiso en la formación de los nuevos miembros, la toma de decisiones en las Asambleas o Consejos y la participación en la Iglesia y el Mundo .