El Artículo 20 de la Regla de la Orden Franciscana Seglar (OFS) introduce el Capítulo III, dedicado a la "Vida en Fraternidad". Este artículo es fundamental porque establece la estructura orgánica de la Orden y su personalidad jurídica dentro de la Iglesia.
El texto del artículo 20 de la Regla de la OFS dice:
La Orden Franciscana Seglar se divide en Fraternidades, de diversos niveles o grados: local, regional, nacional e internacional.
Cada una de estas Fraternidades tiene su propia personalidad moral en la Iglesia.
Las Fraternidades se coordinan y unen entre sí, de acuerdo con lo que se establece en esta Regla y en las Constituciones.
La OFS se concibe como una "unión orgánica" de todas sus Fraternidades a nivel mundial. Esto significa que ninguna Fraternidad vive de forma aislada; todas están interconectadas y contribuyen a la unidad de la Orden.
La estructura jerárquica y de servicio se organiza en cuatro niveles:
Fraternidad Local: Es la célula fundamental y el lugar privilegiado de comunión y animación apostólica.
Fraternidad Regional: Agrupa a las Fraternidades Locales dentro de un territorio geográfico más amplio (ej. un estado, una provincia eclesiástica).
Fraternidad Nacional: Agrupa a las Fraternidades Regionales de un país o entidad nacional.
Fraternidad Internacional: Está conformada por todas las Fraternidades Nacionales y se rige por el Consejo Internacional OFS (CIOFS).
El segundo párrafo es clave para el reconocimiento de la OFS como institución eclesial:
Personalidad Moral en la Iglesia: Cada Fraternidad, en sus diversos niveles, goza de "personalidad moral en la Iglesia". Esto significa que es reconocida como una entidad legalmente constituida según el Derecho Canónico (c. 309), con capacidad para adquirir, poseer y administrar bienes, realizar actos legales y ser sujeto de derechos y deberes dentro de la Iglesia.
Esta personalidad jurídica eclesial asegura que la OFS es una Asociación Pública de Fieles, reconocida y querida por la jerarquía.
El artículo concluye enfatizando la necesidad de la coordinación:
Regla y Constituciones: La forma en que las Fraternidades se coordinan y unen se determina por la misma Regla y se desarrolla en detalle en las Constituciones Generales y los Estatutos particulares. Esto garantiza la uniformidad en el carisma y la disciplina de la Orden a pesar de su extensión global.
En resumen, el Art. 20 sienta las bases para la vida comunitaria, pasando del compromiso personal del Capítulo II a la realidad visible y organizada de la Fraternidad en el mundo.