Hemos hablado de la vida en Fraternidad y de la importancia del apoyo mutuo. Pero, ¿cómo se entra a formar parte de esta familia franciscana? El proceso de incorporación, que es mucho más que un simple trámite, está definido en el Artículo 23 de nuestra Regla.
"Las peticiones de admisión en la Orden Franciscana Seglar se presentan a una Fraternidad local, cuyo Consejo decide la aceptación de los nuevos hermanos."
Este texto establece la norma canónica y la responsabilidad práctica de la admisión en nuestra Orden. Analicemos sus tres elementos centrales: la Petición, el Destino y la Decisión.
El primer punto es que la entrada a la OFS comienza con una petición.
No es una Invitación, es una Solicitud: La vocación a la OFS, como cualquier llamado de Dios, requiere una respuesta activa y libre del individuo. Es el candidato quien, sintiéndose atraído por el carisma de San Francisco y buscando vivir el Evangelio en su estado secular, debe presentar su deseo formalmente.
Seriedad del Compromiso: Este acto subraya que la OFS no es un club social o un movimiento pasajero, sino una Orden en la Iglesia con una Regla aprobada. La admisión es el inicio de un camino serio de formación y discernimiento.
La petición debe presentarse a una Fraternidad local. Esto refuerza la estructura fundamental de la Orden.
La Base de la Vida OFS: La vida del franciscano seglar se vive concretamente en la Fraternidad local. Es allí donde se da la formación, la oración en común, el apoyo y el apostolado. Por eso, el proceso de admisión no se inicia a nivel regional o nacional, sino en la comunidad más cercana y visible.
El Sentido de Pertenencia: El candidato debe sentirse llamado a ese grupo de hermanos específicos, y la comunidad debe ser el lugar donde él pueda crecer espiritualmente.
Este es el punto más importante y responsable del artículo: "cuyo Consejo decide la aceptación de los nuevos hermanos."
El Discernimiento es Comunitario: La decisión final de aceptar a un candidato (para el período de formación, postulantado y noviciado) recae en el Consejo de la Fraternidad. El Consejo no es solo una autoridad administrativa; es el cuerpo de discernimiento de la Fraternidad, guiado por la Regla, las Constituciones y la asistencia del Espíritu Santo.
Verificación de la Vocación: El Consejo tiene el grave deber de:
Evaluar la Idoneidad: ¿Es el candidato apto para vivir la vida de la OFS (católico, vive en comunión con la Iglesia, capaz de asumir el compromiso)?
Verificar la Sinceridad: ¿Es auténtico el deseo del candidato?
Asegurar la Formación: Una vez aceptado, el Consejo es responsable de guiar al candidato a través de las etapas de formación hasta su Profesión.
Este artículo refleja una profunda visión de la Iglesia post-conciliar:
Corresponsabilidad: La vocación no es solo un asunto individual. La Iglesia y, en este caso, la Fraternidad, tienen una corresponsabilidad activa en el proceso vocacional. Es la comunidad la que confirma si el llamado individual se alinea con el carisma franciscano.
La Iglesia Doméstica: Al requerir que el candidato se inserte en la Fraternidad local, el artículo subraya que la OFS es una "escuela de vida evangélica" que prepara al seglar para ser fermento en su propia familia, trabajo y sociedad.
En resumen: El Artículo 23 es la puerta de entrada a la Orden. Es un proceso que exige seriedad por parte del peticionario, y prudencia y caridad por parte del Consejo. La finalidad es asegurar que cada nuevo hermano que ingrese a la OFS esté verdaderamente llamado a vivir la gracia de San Francisco en medio del mundo.
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