El Capítulo VIII (Artículos 181 al 190) nos habla de la Participación en la Vida de Fraternidad.
Aquí no se habla de leyes frías, sino de cómo debemos vivir nuestra entrega diaria para que la Jufra sea realmente un hogar y una escuela de santidad.
Este capítulo es el "manual de convivencia" que asegura que cada hermano se sienta parte activa del cuerpo de Cristo en la Jufra.
La Jufra no es un espectáculo donde unos actúan y otros miran.
Presencia activa: El Estatuto nos recuerda que cada hermano tiene el deber y el derecho de participar en las reuniones, actividades y decisiones.
Aportación de dones: Cada uno debe poner al servicio de la fraternidad sus talentos, tiempo y también su aportación económica voluntaria para el sostenimiento de la misión.
¿Qué pasa cuando un hermano se aleja?
Cuidado fraterno: El Consejo debe buscar a los hermanos que se ausentan sin causa justificada. No para regañar, sino para saber cómo están.
Retiro temporal: El Estatuto contempla que un hermano puede pedir un retiro temporal por causas graves (estudios, salud, familia), manteniendo el vínculo espiritual pero sin voz ni voto durante ese tiempo.
Siguiendo el Evangelio, si un hermano actúa en contra del espíritu de la Jufra:
Se debe aplicar la corrección fraterna con caridad y discreción.
El objetivo siempre es la reconciliación y el regreso del hermano al buen camino, no el castigo.
Interpretación: Cualquier duda sobre el Estatuto debe ser aclarada por el Consejo Nacional.
Vigencia: Este estatuto es nuestra norma de vida oficial y debe ser conocido por todos los niveles.